ABRIR TU PROPIA EMPRESA EN URUGUAY: LAS UNIPERSONALES

Publicado por Cra. Mikaela Martinez en

Estoy recibiendo muchas consultas de personas que quieren abrir su propia empresa, con preguntas del tipo “¿cómo inscribo una unipersonal?” o “¿qué trámite tengo que hacer para abrir una unipersonal?”. Así que decidí escribir un artículo para hablar de las Unipersonales.


Para que podamos desarrollar una actividad económica dentro del marco de la ley, es necesario inscribir nuestra empresa ante DGI y BPS.

En esta oportunidad nos vamos a centrar en el trámite que debemos realizar para abrir una empresa unipersonal. Este trámite consiste en inscribir a una persona física como contribuyente y empresa.

¿En qué casos debo abrir una Unipersonal?

Debemos abrir una unipersonal si nos encontramos en una de las siguientes situaciones:

  1. Somos profesionales que prestamos servicios personales fuera de la relación de dependencia.
  1. Prestamos servicios personales no profesionales fuera de la relación de dependencia.
  1. Desarrollamos actividades de industria o comercio fuera de la relación de dependencia.

¿Qué tipo de Unipersonal debo inscribir?

En los 3 casos se trata de personas físicas que estamos declarando la realización de una actividad fuera de la relación de dependencia, es decir, sin que haya un jefe de por medio.

SERVICIO PERSONAL PROFESIONAL

  1. En el primer caso, al tratarse de un servicio profesional, es necesario que estemos inscriptos en una de las siguientes cajas profesionales: Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios o Caja Notarial.

Ejemplo: contador público, escribano, doctor, etc.

SERVICIO PERSONAL NO PROFESIONAL

  1. En el segundo caso, al tratarse de un servicio no profesional, no requiere que estemos inscriptos en una de las cajas profesionales mencionadas para el desempeño del mismo. En este caso, es requisito indispensable que se trate de una actividad en la que no combinemos capital y trabajo, es decir, que para el desarrollo de la actividad no utilicemos de forma simultánea capital y trabajo.

Se entiende que no estamos combinando capital y trabajo en los siguientes casos:

  • Cuando el capital no lo utilizamos exclusivamente para obtener una renta, sino para facilitar nuestra actividad. Determinar el rol que juega el capital en la prestación de un servicio requiere de un análisis del caso en particular.

A modo de ejemplo, podríamos mencionar a un profesor particular que utiliza una computadora (capital) para facilitar sus actividades (elaboración de materiales, comunicación con los estudiantes por correo electrónico, etc). En este caso, la computadora en sí no es la que origina la renta, por lo tanto estaríamos frente a una actividad en la que se utiliza únicamente trabajo.

Otro ejemplo podría ser una persona que se dedica al trading (compraventa de valores que cotizan en bolsa), esta persona utiliza dinero (capital) para realizar transacciones de compraventa. En este caso, la inversión de ese dinero es la que le permite obtener una renta, por lo tanto estaríamos frente a una actividad en la que se combina el uso de capital y trabajo.

  • Cuando prestamos un servicio en el cual hay bienes de activo fijo aportados por el prestatario (quien recibe el servicio).

A modo de ejemplo, podríamos mencionar a un chofer privado que utiliza el auto (capital) de un tercero para prestarle un servicio de traslado. En este caso, hay involucrado un bien de activo fijo que es propiedad del prestatario (quien recibe el servicio), por lo tanto estaríamos frente a una actividad que no combina capital y trabajo.

ACTIVIDAD COMERCIAL 0 INDUSTRIAL

  1. En el tercer caso, se trata de una actividad en la cual se combina capital y trabajo, ya sea en el ámbito industrial o comercial. Es decir, una actividad que para el desarrollo de la misma requiere que utilicemos de forma simultánea capital y trabajo. En este caso, debemos indicar el régimen tributario que vamos a adoptar: Régimen General, Régimen de Pequeña Empresa, Monotributo, Monotributo Social Mides.

Ejemplo: compraventa de productos, elaboración propia de productos destinados a la venta, etc.

Modalidad del trámite de inscripción

Existen 2 modalidades para realizar el trámite de inscripción de una unipersonal:

  • Presencial: el trámite presencial se realiza en ventanilla única en las siguientes oficinas de BPS y DGI:
    • Montevideo:
      • BPS: Sarandí 570.
      • DGI: Fernández Crespo 750.
    • Interior del país: en las oficinas de BPS y DGI habilitadas con ventanilla única.
  • Por internet: el trámite en línea exige contar con un usuario personal en la página web de BPS. Por lo tanto, debemos ir a un local de Abitab o Redpagos con nuestra cédula de identidad y solicitar nuestra contraseña.

Plazo para realizar el trámite de inscripción

El plazo que disponemos para inscribir nuestra empresa unipersonal depende de la modalidad que elijamos para realizar el trámite:

  • Presencial: en la modalidad de inscripción presencial, el trámite lo debemos realizar dentro de los 10 días anteriores a la fecha que declaremos como inicio de actividades y hasta el día de inicio de actividades inclusive.

Ejemplo: si nuestra fecha de inicio de actividades es el 20/09/2020, la inscripción presencial la podemos realizar entre el 10/09/2020 y el 20/09/2020 inclusive.

  • Por internet: en la modalidad de inscripción por internet, el trámite lo debemos realizar dentro del mes que declaremos como inicio de actividades.

Ejemplo: si nuestra fecha de inicio de actividades es el 20/09/2020, la inscripción en línea la podemos realizar entre el 01/09/2020 y el 30/09/2020 inclusive.

¡Hasta el próximo artículo!

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